VENTAJAS DE LAS DEMANDAS COLECTIVAS EN EL ÁMBITO DE LA CONSTRUCCIÓN

El próximo mes de abril cumpliremos 25 años de experiencia en el sector legal de la edificación y de la construcción inmobiliaria. Este bagaje de dos décadas y media de experiencia en la materia nos legitima para hablar sobre las bondades de que los compradores de viviendas sobre plano o en fase de construcción se reúnan y ejerciten frente a los promotores (y en su caso frente a constructor, arquitecto y arquitecto técnico) las acciones que les corresponda en tres supuestos básicamente:
1º) Las indemnizaciones de daños y perjuicios que les pueda corresponder por el retraso o demora en la entrega de la vivienda por parte del promotor, incumpliendo el plazo fijado contractualmente.
2º) Las reclamaciones frente a la promotora, aseguradora, avalista o entidad financiera cuando la construcción no se inicia o no se termina, quedándose los compradores sin su vivienda y viéndose obligados a recuperar su dinero, a veces no sin cierta dificultad.
3º) Las reclamaciones derivadas de defectos o vicios de la construcción.
¿Qué ventajas tienen las demandas colectivas?
En primer lugar, para nosotros hay un componente psicológico importante. Generalmente, el ciudadano medio no está familiarizado con los litigios judiciales y eso es muchas veces un freno al paso adelante que se necesita para empezar un pleito. En cambio, cuando varios de ellos se reúnen e interponen una demanda colectiva, se sienten mucho más arropados y ese escepticismo inicial se disipa rápidamente.
Junto a lo anterior, desde un punto de vista práctico, podemos destacar además:
- Reducción de costes de litigación: Lógicamente, la existencia de varios demandantes pero un solo procedimiento abaratará los costes de litigar al dividirse entre ellos los mismos.
- Cuando el objeto de la demanda revela un claro incumplimiento de la otra parte, facilita la consecución de acuerdos. Esto debe tomarse con todas las precauciones pues ninguna empresa se comporta de la misma forma y en ocasiones su solvencia tiene mucho que ver con la toma de decisiones respecto a afrontar su responsabilidad desde el primer momento. No obstante, es cierto que la incomodidad para las sociedades demandadas es superior cuanto mayor número de perjudicados aparecen aunados en su reclamación.
- En el caso de que el procedimiento finalice con sentencia favorable a los compradores, el hecho de existir un único procedimiento facilita el cumplimiento voluntario por los demandados. También simplifica el procedimiento de ejecución que hubiera que interponer si no se cumple voluntariamente la sentencia de condena. Si fueran varios compradores los que presentaran demanda por separado, esa dispersión de procedimientos no favorece las ejecuciones incluso puede darse la situación nada inusual de que al dictar sentencia varios Juzgados distintos puedan existir criterios diferentes aunque el caso sea idéntico o similar.
Desventajas de las demandas colectivas
Hay dos cuestiones que literalmente no puede decirse que sean “desventajas” pero sí que conviene que se tengan presente para facilitar el desarrollo del procedimiento.
En primer lugar, los futuros demandantes deben estar de acuerdo y plenamente convencidos de que el abogado que les va a representar es de su confianza y lo suficientemente experimentado en el sector de la construcción y edificación. Deberán ponerse de acuerdo sobre este particular y valorar diferentes propuestas si es necesario.
En segundo lugar, una vez decidido el letrado que defenderá sus intereses, es muy útil que se nombre un interlocutor que canalice debidamente la información y que sea el enlace con el abogado a fin de que la relación sea lo más fluida posible.
Si estás valorando interponer una demanda junto con tus vecinos en alguna de las materias que hemos descrito al comienzo del presente artículo ponte en contacto con nosotros y te informaremos con todo detalle y sin ningún compromiso.